m) El manual y formato de solicitud de información pública;



MANUAL DE SOLICITUDES

 

La solicitud de acceso a la información pública, deberá hacerse en términos respetuosos y contener cuando menos:

I. Nombre del sujeto obligado a quien se dirige;

II. Nombre del solicitante o seudónimo y autorizados para recibir la información, en su caso

III. Domicilio, número de fax, correo electrónico o los estrados de la Unidad, para recibir notificaciones, e

IV. Información solicitada, incluida la forma y medio de acceso de la misma, la cual estará sujeta a la posibilidad y disponibilidad que resuelva el sujeto obligado.

Y podrá presentarla en los siguientes medioa:


Solicitud de información SISAI

Ingrese a www.plataformadetransparencia.org.mx

El sistema le solicitará registrarse por única ocasión, es importante que anote en lugar seguro el nombre de usuario y contraseña que registra.

Una vez registrado, ingrese a su cuenta y seleccione la opción de ”Sistema de Solicitud de Acceso a la Información” para realizar una solicitud de información. El sistema lo guiará para presentar de manera exitosa su solicitud. El sujeto obligado que elija contestará la solicitud por la misma vía, por lo que es necesario dar seguimiento a la respuesta ingresando a la misma página con su nombre de usuario y contraseña.

 

Para una mejor comprensión, consúltela siguiente GuíaSISAI.

 

Solicitud de información MANUAL

Para ingresar solicitud de manera directa, deberá presentarse a las oficinas de la Dirección General del Instituto Municipal de la Juventud en San Pedro Tlaquepaque, ubicada en Pedro de Ayza 195, Colonia Hidalgo, Municipio de San Pedro Tlaquapaque, Jalisco, México; de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas donde le brindaremos la asesoría correspondiente.

Asimismo podrá presentar su solicitud de información previamente elaborada, la cual deberá contener nombre, autorizados para recibir información, teléfono, domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones, deberá describir de manera clara la información que requiere (proporcionando el mayor número de datos que favorezcan la localización) y manifestar en el formato en que se requiere, es decir, copia simple, digital, etc. En nuestras oficinas contamos con el formato establecido o puede descargarla aquí.


Solicitud de información ELECTRÓNICA

Envié su solicitud de Acceso a la Información al correo electrónico jovenestlaq@gmail.com describiendo de manera clara la información que requiere y recibirá por el mismo medio en un periodo máximo de ocho días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presentación de la solicitud.

 

Solicitud vía TELEFÓNICA

33 3657 5200

 

Solicitud vía FAX

No se cuenta con Fax

 

Solicitud vía TELEGRAMA o MENSAJERÍA

Envié su solicitud a la Dirección General de Instituto Municipal de la Juventud en San Pedro Tlaquepaque, ubicada en Pedro de Ayza 195, Colonia Hidalgo, Municipio de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, México. C.P. 45540.

La Admisión de la solicitud, se encuentra sujeta a lo establecido en el Artículo 79 y 82 de la Ley de Transparencia Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, con un horario de recepción de 09:00 a 15:00 horas.

El Área de Transparencia del S.O. entregara respuesta y notificara  dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción oficial de la solicitud, informando respecto a la existencia de la información y la procedencia de su acceso, de acuerdo con esta ley y los lineamientos estatales de clasificación de información pública.

Las solicitudes de Acceso a la Información, dependen del formato al sistema que utilice para realizarlo, pero en el caso de querer ejercer los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, puede realizarlo  mediante cualquier de los medios anteriormente señalados. Para entender mejor el proceso, consulte la Guía  de Derechos ARCO de la Plataforma Nacional de Transparencia


COSTOS

La información es Gratuita, mas sin embargo la reproducción de esta  se contempla  dependiendo la opción elegida y por unidad, conforme a la Ley de Ingresos del Municipio de SanPedro Tlaquepaque:

1. Cuando solicite en Copias Simples, las primeras 20 (veinte) no tendrán costo alguno para el solicitante; 

2. Cuando el solicitante proporcione el medio o soporte para recibir la información de cuenta, no se generará costo alguno;

3. La digitalización de información no tiene costo alguno;

4. Los ajustes razonables que realice el sujeto obligado para el acceso a la información de los solicitantes con discapacidad, no tendrán costo alguno;

5. Dado el caso de envío, el costo por paqueteria deberá de ser seleccionado y cubierto por el solicitante, por lo que deberá de notificar al Sujeto Obligado los servicios que ha contratado para proceder al envío respectivo, exceptuándose el envío mediante plataformas o medios digitales, incluido el correo electrónico.   

6. Los pagos por la duplicación de la información que se generen derivados de su solicitud, serán efectuados en la recaudadora Municipal del H. Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, bajo alguno de los siguientes conceptos:


Copia Simple por hoja         $1.00

Información en USB 8gb por cada una $77.00

Información en disco compacto, por cada uno  $11.00

Copia Certificada por cada hoja    $22.00


MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

I. Autoridad ante quien se impugna, que es el Instituto.Si la resolución de Sujeto Obligado no es de su satisfacción, podrá presentar un Recursode Revisiónque  tiene por objeto que el Instituto revise la respuesta del Sujeto Obligado sobre la procedencia de las solicitudes de información pública y resuelva con plenitud de jurisdicción lo conducente, y podrá presentarlo ante las oficinas de este Sujeto Obligado o del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI); por escrito y por duplicado, o en forma electrónica que genere el comprobante respectivo, dentro de los quince días hábiles siguientes, y deberá contener:

II. Nombre o seudónimo de quien lo promueve.

III. Sujeto obligado que conoció de la solicitud de acceso a la información pública o emitió la respuesta que se impugna.

IV. Número y fecha de la respuesta que se impugna.

V. Argumentos sobre las omisiones del sujeto obligado o la improcedencia de la respuesta, si lo desea.

VI. Nombre y domicilio del tercero afectado, en su caso, así como razón de la afectación.

VII. Lugar y fecha de presentación.

VIII. Correo electrónico o domicilio para recibir notificaciones.

Consulte las siguientes guías para mejor entendimiento de la Plataforma Nacional de Transparencia: Guía Recurso de Revisión por Solicitud de Acceso a la Información y Guía Recurso por Derechos Arco.

Para comprender mejor los términos o fechas de los procesos anteriormente señalados, podrá consultar el siguiente Cronograma de Procesos de Solicitud de Información y Recursos.

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